Las prácticas ilegales que se observan en algunos bares o restaurantes pueden ser objeto de reclamación o denuncia delante de la Agencia Catalana del Consumo. Hay ciertas prácticas irregulares en los servicios de restauración que las personas consumidoras y usuarias deberían saber identificar.
- En establecimientos del sector de la hostelería y restauración se deberá ofrecer siempre la posibilidad del consumo de agua no envasada (agua del grifo) de forma gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
- Los precios de la comida y las bebidas así como los servicios ofrecidos serán expuestos obligatoriamente al público mediante cartas y/o listas de precios. La utilización de un código QR para poder leer la carta debe ser considerado como complementario.
- No es una práctica legal que los precios de la carta estén sin los impuestos incluidos. Se debe dar siempre la información del precio final completo, incluyendo el IVA.
- No se puede obligar a una persona usuaria a dejar propina. La propina es una decisión voluntaria de la persona consumidora.
- Al realizar una reserva en un bar o restaurante no pueden cobrar a la persona que la realiza un suplemento por concepto de reserva. Pero, sí se puede solicitar una cantidad por adelantado, que será descontada del precio final que se tenga que abonar.
- El pago en efectivo debe estar siempre permitido. Aún así, los comercios, bares o restaurantes no están obligados a disponer del pago con tarjeta.
- El cobro por separado de una cantidad extra en concepto de cubiertos o servicio es ilegal.
- El cobro por el pan o similares es legal siempre que se informe, de manera previa, clara y visible, por parte del establecimiento y esté incluido en la lista de precios publicitados.
- Las posibles diferencias de precios por consumir en mesa o terraza deben ser informadas previamente y deberán hacerse constar en las cartas o listas de precios y en cualquier medio de publicidad utilizado.
- Los precios de los productos fuera de carta, como de cualquier otro producto ofertado por el establecimiento, deben ser informados a las personas usuarias de forma previa, clara y visible.
Si la persona usuaria sufre alguna de las prácticas indicadas anteriormente, puede solicitar una hoja de reclamaciones al bar o restaurante, así como presentar una denuncia delante de la Agencia Catalana del Consumo.