¿Qué pasa si la compañía con la que se ha contratado un bien o la prestación de un servicio quiebra? ¿Se puede recuperar el dinero adelantado? Las respuestas no siempre son satisfactorias para los consumidores, ya que estos son los últimos en la lista de cobro.
Cuando una empresa se encuentra incapaz de pagar sus deudas puede declararse en concurso de acreedores voluntario, o también puede ser que los acreedores pidan a la Administración que la declare en concurso. Este es un proceso judicial mediante el cual las personas o entidades a las que la empresa arruinada debe dinero pueden cobrar gracias a la intervención o la liquidación de la empresa.
En el caso de los consumidores, cuando se ha adelantado una cantidad de dinero a la empresa por un servicio y esta quiebra antes de prestar el servicio, para poder recuperar el dinero adelantado debería acudir al concurso como un acreedor ordinario y esperar que cobren primero los acreedores preferentes. Para recuperar el dinero, los consumidores son los últimos en la lista, primero van el banco que financia el negocio, los trabajadores, Hacienda… El cliente es el último en cobrar, suponiendo que aún quede dinero.
¿Qué pasa si en lugar de haber adelantado el dinero, el servicio estaba financiado con un préstamo? En este caso depende de si el préstamo está gestionado por cuenta propia o si se trata de un contrato de financiación vinculado, práctica muy habitual para pagar tratamientos de estética, dentales, viajes o cursos de idiomas.
Si el préstamo lo ha obtenido el consumidor por su cuenta, no le quedará más remedio que pagar todas las cuotas restantes aunque el servicio no se haya prestado, ya que es el banco o la financiera la que le han prestado el dinero.
En cambio, si el proveedor del servicio facilita el acceso al financiamiento, se entiende que ambos contratos (el de adquisición y el de financiación) forman una única unidad comercial y son la misma operación. Por tanto, el consumidor puede reclamar el cumplimiento del contrato delante de quien otorgó el crédito si falla el proveedor del servicio.
Se recomienda a los consumidores formular una reclamación contra la empresa exigiendo el cumplimiento de sus obligaciones, para intentar recuperar el dinero de los servicios que la empresa no ha prestado.